Revisión de perfil
Nacionalidad, destino, motivo, historial, fechas y situación documental.
CotizarVisas desde Cúcuta
Orientamos a ciudadanos colombianos y venezolanos en la preparación documental para destinos prioritarios. La autoridad consular conserva siempre la decisión final.
Revisar mi casoLos requisitos cambian según nacionalidad, pasaporte, residencia, tránsito, motivo y antecedentes de viaje. Antes de comprar servicios no reembolsables, confirma la regla vigente en la fuente oficial.
Cómo acompañamos
Nacionalidad, destino, motivo, historial, fechas y situación documental.
Formulario, soportes, citas, traducciones y recomendaciones de presentación.
Control de pendientes y orientación hasta completar la etapa contratada.
Destinos prioritarios
Requiere visa B1/B2 para turismo o negocios.
Requiere visa. Desde el 9 de junio de 2025 existe una suspensión parcial de emisión B1/B2 para nacionales venezolanos, con excepciones limitadas; debe verificarse el caso antes de pagar.
Formulario DS-160, pasaporte, pago, entrevista cuando corresponda y soportes de propósito, retorno y capacidad económica.
Normalmente requiere visa de visitante. Algunos colombianos pueden reunir condiciones para una eTA si viajan por aire; el verificador oficial determina la ruta correcta.
Normalmente requiere visa de visitante; pueden aplicar instrucciones especiales para pasaportes venezolanos.
Pasaporte, solicitud digital, propósito, fondos, vínculos, biometría y documentos adicionales según el perfil.
Requiere Standard Visitor visa para visitas turísticas.
Requiere Standard Visitor visa para visitas turísticas.
Pasaporte, solicitud, pago, biometría, propósito, alojamiento, fondos y evidencia de salida al finalizar la visita.
No requiere visa para estancias cortas de hasta 90 días dentro de un periodo de 180 días, sujeto a condiciones de entrada.
No requiere visa para estancias cortas de hasta 90 días dentro de un periodo de 180 días, sujeto a condiciones de entrada.
Pasaporte, tiquete de salida, alojamiento, medios económicos y seguro cuando sea exigido. ETIAS está previsto para el último trimestre de 2026; por ahora no se solicita.
No requiere visa por turismo, negocios, estudios o tránsito para estancias menores de 180 días, sujeto a admisión migratoria.
Requiere visa de visitante desde el 21 de enero de 2022, salvo que aplique una exención oficial.
Pasaporte y, cuando corresponda, solicitud, cita, fotografía y prueba de solvencia o arraigo. Migración puede pedir soportes del viaje.